COMUNICADO Del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones informa de las siguientes medidas de protección disponibles para trabajadores, empresas y ciudadanía ante la DANA.
1️⃣ El Ministerio pone medidas de protección a disposición de los trabajadores autónomos, que podrán solicitar el cese de actividad ante la mutua del trabajador.
👉La cuantía de la prestación es del 70% de la base reguladora.
👉 Sin periodo de carencia, es decir, aunque no se tenga el periodo mínimo exigido para tener derecho a ello, que normalmente es de un año
👉 Los días de prestación consumidos no se computan de cara a situaciones futuras (contador a cero) y, además, este periodo se les computa como cotizado.
2️⃣ Desde la reforma laboral permite proteger a trabajadores y al tejido productivo en situaciones de crisis y emergencias como la DANA. La empresa puede suspender temporalmente el contrato o reducir la jornada.
👉 Exención del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social
👉 Cualquier trabajador puede acogerse sin consumir la prestación.
👉 Se solicita en el SEPE o llamando al 060
3️⃣ En cuanto al Ingreso Mínimo Vital (IMV), reforzamos, el compromiso y el contacto con las personas de manera más ágil y cercana.
👉 Los ciudadanos podrán informarse sobre el IMV en el teléfono 900 20 22 22.
⚠️ El lunes 04 de noviembre se pone en marcha el teléfono corto 020. Con un 40% más de plantilla.
➡️ Algunas de las oficinas de la Seguridad Social, han sufrido grandes daños a causa de la DANA. Pedimos la máxima precaución para garantizar la seguridad de las personas. Por ello, reforzamos nuestra atención telefónica y online a través de los siguientes canales.
📞 INSS: 91 542 11 76
📞 Tesorería: 91 541 02 91
📲 En la app IMPORTASS
💻 En el nuevo portal del INSS: https://prestaciones.seg-social.es/?utm_source=revista&utm_medium=referral&utm_campaign=sess_noticias_revista