ERTES POR FUERZA MAYOR
Las empresas afectadas por la DANA en la Comunitat Valenciana pueden acogerse a un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor.
Este instrumento proporciona protección por desempleo a sus plantillas y cuenta con exenciones en las cotizaciones.
- Las empresas pueden solicitar este ERTE de manera voluntaria y disfrutar de exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social de hasta el 90%.
- Los empleados podrán percibir una protección por desempleo sin necesidad de contar con un periodo de cotización previo y sin consumir tiempo de prestación en caso de necesitarlo en el futuro.
Aquellas empresas que se vean en la necesidad de activar un ERTE/ERE por Fuerza Mayor, podrán hacerlo a través del enlace que adjuntamos.
CGB ASOCIADOS. Abogados colaboradores desde hace años de AVEP, se ponen a disposición de todos las empresas asociadas para resolver cualquier duda en material laboral. Pueden enviar sus consultas a: Anna Martínez González | anna@cgbasociados.com.
En su opinión, de momento los ERTES de fuerza mayor son los que inicialmente deberían tramitar, a expensas de evaluar los daños, y tras ello, podremos saber si los daños son definitivos o coyunturales y recuperables.
De ser definitivos, se entiende que habrá empresas que puedan ir al ERE y empresas que puedan empezar a funcionar poco a poco.
Asimismo han compartido con AVEP una información de Inspección de trabajo:
La Jefa de la Inspección de Trabajo, Dª. Silvia Parra, ha informado al Decano del Colegio, D. Vicente Vercher, que el personal de la Inspección de Trabajo de Valencia tendrá instrucciones para que se entiendan justificadas las inasistencias por citación o incumplimiento de requerimientos en estos días afectados por la situación de emergencia. Asimismo, se ha pedido desde la Jefatura Provincial de Valencia y Dirección General de la Inspección de Trabajo al Ministerio, que se apruebe con urgencia un Real Decreto que posibilite la tramitación de ERTES por fuerza mayor con efectos desde hoy (miércoles 30 de octubre) basada en la situación de emergencia en la Provincia de Valencia sin necesidad de informe de la Inspección de Trabajo, justificando únicamente la ubicación de la empresa dentro de las zonas afectadas.