CIRCULAR INFORMATIVA Nº 50 – 2017

Convocatoria de ayudas IDAE a la eficiencia energética de empresas industriales 

Se ha publicado en el BOE del pasado 1 de junio el extracto de la Resolución del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), por la que se establece la segunda convocatoria del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética de empresas del sector industrial. 

Beneficiarios

Empresas que tengan la consideración de pyme o de gran empresa del sector industrial, con CNAE 2009 comprendido entre el 07 y el 33 (con excepción del 19) y, las empresas de servicios energéticos que dispongan de un contrato de servicios energéticos con alguna de las empresas anteriores.

Actuaciones subvencionables

Inversiones que mejoren la eficiencia energética de la empresa con respecto a la situación de partida, cumpliendo el ratio económico-energético y resto de requisitos establecidos en el Anexo I de la Resolución de bases reguladoras, mediante:

  • Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales, mediante su sustitución así como de sistemas auxiliares consumidores de energía, con una inversión mínima de 75.000 €.
  • Implementación o mejora de sistemas de gestión energética, con una inversión mínima de 30.000 €.

Las actuaciones deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.

No se considerarán

Inversiones asociadas a aumentos de capacidad productiva de plantas industriales existentes, ni inversiones en nuevas instalaciones de producción industrial, salvo que las nuevas instalaciones sustituyan a otras existentes para el mismo producto y la misma capacidad industrial, y en el caso de mayor capacidad industrial solo la parte proporcional a la capacidad de la instalación existente sustituida. Tampoco se considerarán las instalaciones de cogeneración.

En el caso de empresas que no sean PYME, no se considerará la auditoría energética que hayan realizado en cumplimiento del Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética.

Ayudas

Entrega dineraria sin contraprestación, con la cuantía máxima especificada en el apartado quinto de las bases reguladoras (máximo de inversión elegible por solicitud de 6.000.000 €).

Las ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia simple, a las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos, por orden de fecha de registro de la solicitud, hasta agotar el presupuesto disponible o hasta que expire la vigencia del Programa.

Solicitudes

El plazo máximo de presentación de solicitudes: desde el 1 de julio de 2017 hasta el 1 de junio de 2018, siempre que antes no se agote el presupuesto disponible.

La solicitud, junto con la documentación requerida, se presentará de manera telemática a través de la Página web del IDAE.

Más información

– Página web del IDAE

Valencia 12 de junio de 2017